viernes, 19 de marzo de 2010

ORDENANZA MUNICIPAL PARA "LA CASITA DE LA TERNURA". Regidores del municipio de Salas aseguraron aprobación en próxima Sesión de Consejo.

Apostar por la primera infancia es aspostar por proyectos de sostenibilidad y continuidad, es la posición asumida por el Consejo de la Municipalidad distrital de Salas Guadalupe. Los regidores y regidoras reafirmaron el compromiso del pleno para la aprobación de La Ordenanza Municipal a fin de garantizar la permanencia de las atenciones que ofrece el Centro de Cuidado Infantil "La Casita de la Ternura" del programa Infancia de La Federación de Mujeres de Ica.

Los regidores aseguraron la aprobación de la norma en la próxima Sesión de Consejo, antes la Federación de Mujeres presentará pormenorizadamente los compromisos a asumirse por ambas instituciones. Son mas de sesenta niños y niñas, hijas e hijos de las trabajadoras de la agroindustria que recibieron beneficios desde el 04 de febrero del año 2008 fecha en que inició sus actividades este Centro de Cuidado Infatil, en el Centro Poblado Nuestra Señora de Guadalupe de este distrito. Este municipio no puede estar al margen de la Responsabilidad Social que ahora mas que nunca debe ponerse de manifiesto a través de la aprobación de este instrumento legal. Sostuvieron al unisono los consejales.

El consentimeinto tambien fue aceptado por el Ing. Juan Carlos Quijandría Lavarello, alcalde de esta comuna. Con la aprobación de la Ordenanza por parte de este municipio se asegura la atención integral de estos pequeños como de Alimentación nutricional, Estimulación Temprana, Cuidado y protección ante la labor diaria de sus padres y madres en la agroindustria.

"Declárese de interes social para la Municipalidad de Salas, la atención prioritaria a la primera infancia, a través de espacios modelos de atención integral que asegure el bienestar, crecimiento y desarrollo del grupo poblacional más vulnerable, especialmente de las hijas e hijos de las trabajadoras y trabajadores de la agroexportación". Establece en el primer artículo de la referida Ordenanza

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